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Dossier: Enfermedades profesionales

Lograr el reconocimiento de una enfermedad profesional es, en ocasiones, bastante complejo. Aquí van unas pequeñas sugerencias para, sin morir en el intento, sortear las reticencias de las Mutuas, el sabotaje de las empresas, la desidia de la Administración, los bizantinismos de las normas legales.

¿Y yo qué gano con eso?
Es lo primero que se preguntan los trabajadores. De entrada hay tres ventajas económicas:

  • El tratamiento médico-farmaceútico es completamente gratuito (en enfermedad común el enfermo paga el 40% de los medicamentos).

  • En caso de baja, los porcentajes de Base Reguladora que se cobran en los primeros 20 días son mejores (el 75% desde el primer día). Además, en muchos Convenios se establece que en caso de enfermedad profesional se cobra el 100% desde el primer día.

  • La forma de calcular la Base Reguladora, tanto de la IT como de las demás prestaciones, suele ser más beneficiosa.

El reconocimiento de una enfermedad profesional proporciona, además, una buena base para pedir indemnizaciones por posibles incumplimientos empresariales de la normativa de prevención de riesgos laborales. Pero no se trata sólo de sacar alguna ventaja económica. Otros efectos beneficiosos son facilitar el cambio de puesto de trabajo o impulsar la adopción de medidas de prevención frente al riesgo que ha originado la enfermedad. Algunas personas pueden incluso encontrar motivaciones de índole social o colectivo: cualquier enfermedad profesional que se reconozca, contribuye a la visibilidad social del riesgo laboral e impide la derivación al sistema público de un coste empresarial.

¿Cómo lo consigo?
El primer paso es solicitar atención médica en la entidad con la que nuestra empresa tiene contratada la cobertura de los riesgos laborales. Esa entidad suele ser una Mutua, aunque también pueda ser el INSS o la propia empresa, si es autoaseguradora. Allí deberían expedir un parte de enfermedad profesional y tramitarlo. Si la enfermedad nos impide trabajar, deben cumplimentar a su vez un parte de baja en el que conste expresamente que es por enfermedad profesional.

Si la Mutua se niega a reconocer la enfermedad profesional puede argumentar bien que no estamos enfermos en absoluto, o que sí lo estamos pero de una enfermedad común. ¿Qué hacemos, entonces?

Si nuestro estado de salud nos impide trabajar, tenemos que ir a nuestro médico de cabecera para que nos dé una baja, aunque sea por enfermedad común, que ampare nuestra ausencia del trabajo. A continuación plantearemos una reclamación previa contra esa misma baja. Irá dirigida contra el INSS pero, para que tenga más eficacia, es conveniente remitir una copia a la Mutua. A la vez podemos pedir por escrito al INSS que el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) u organismo similar de nuestra provincia nos practique un reconocimiento médico y determine si nuestra dolencia es profesional o no (a veces el INSS lo hace por iniciativa propia). Si el INSS se mantiene en la negativa de la Mutua, denegando nuestra petición por resolución expresa o por silencio, será necesario presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, para que sea el juez quien en última instancia decida si nuestra enfermedad es profesional o no.

El procedimiento es un poco más complejo si nuestra enfermedad profesional no precisa baja. En este caso tenemos que provocar una resolución contra la que podamos interponer reclamación previa. En todos estos pasos conviene contar con la asistencia de un abogado.

Paralelamente a estas actuaciones, siempre puede ser interesante intentar ponerse en contacto con la dirección de la Mutua para pedirles las razones de su actuación y explicar por qué no estamos de acuerdo. Estas gestiones es conveniente que las realicen los responsables de salud laboral del sindicato, que suelen tener relación institucional con las Mutuas. A nivel individual, solicitar una hoja de reclamación suele producir como efecto mínimo una mayor disponibilidad de la Mutua a escuchar las razones del paciente y la intervención de una persona distinta a aquella con la que hemos tenido el primer desencuentro.

Pero ¿cuándo hay que reclamar?
Somos los primeros en considerar necesaria cierta beligerancia militante en estas cuestiones. Pero eso no nos debe hacer perder de vista que hay que reclamar con fundamento, no a la ligera. Los juicios se ganan no cuando se tiene la razón, sino probando que se tiene. La posición de la Mutua y del INSS siempre está respaldada por los médicos de la entidad. Nosotros no podemos descalificar la opinión técnica que estos médicos tienen de nuestro caso con brillantes peroratas ideológicas o confusas acusaciones de haberse vendido al capital. A criterio técnico hay que oponer criterio técnico. Si no hay un médico que avala nuestras peticiones, dispuesto a defenderlas delante del juez, capaz de resistir a los ataques de la otra parte y sólido en sus argumentos, no merece la pena, y quizás ni siquiera es ético, emprender la batalla.

Valeria Uberti-Bona
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Comentarios introducidos
10 | Berta Chulvi | 23/04/2013 10:14:36
Hola Sara Nosotros somos una revista que edita un instituto que depende de CCOO, las consultas de este tipo las canalizamos a través de los Gabinetes de Salud Laboral del sindicato en los distintos territorios. Si me indicas dónde vives te paso el contacto. Un saludo
9 | saragallen@outlook.com | 22/04/2013 15:47:32
Hola. Me han diagnosticado epicondilitis y epitrocleitis. La mutua me lo ha reconocido como enfermedad laboral. Empezó cuando trabajaba en una clínica (soy esteticista y auxiliar de enfermería). Estuve aproximadamente 2 meses de baja y el alta me la dieron por mejoría. Dejé de trabajar en esa empresa y después de casi 6 meses en otra y realizando el mismo trabajo con la misma aparatología volví a recaer, pero como habían pasado 4 días de los 6 meses del alta, la anterior mutua no lo consideró recaída y me derivaron a la mutua de mi empresa actual. Llevo más de 2 meses de baja, haciendo rehabilitación a diario. Me han infiltrado 2 veces (una en cada punto) pero las infiltraciones no me mejoran, sino al contrario. La empresa no me renovó el contrato cuando finalizaron los 6 meses de vigencia, por lo que ahora me está pagando la mutua. He mejorado bastante y quieren darme el alta mañana, aunque no estoy curada, pues sigue doliendome al tocar la zona, coger peso o realizar algunos movimientos. Sé que si vuelvo a trabajar sin estar curada, volveré a recaer una tercera vez. Me hicieron 2 resonancias y no salió nada. Me han recomendado que solicite una inspección en cuanto me dén el alta alegando que aún siento dolor y no estoy en condiciones para trabajar de momento. Mi pregunta es: si no hay resonancias que certifiquen lo que tengo, ¿Puede ser que el inspector diga que no tengo nada y que puedo trabajar sin problemas? Los médicos dicen que es normal que no salga dada, pues solo sale en algunos casos, pero temo que quieran quitarme de en medio por no tener pruebas de mi enfermedad. Gracias de antemano.
8 | claudia patricia | 03/01/2013 20:31:16
buenas tardes tengo un dianostico de enfermedad prfesional por manejar frio caliente ddesde 1997 al 2000 me retira y al tienpo me diannosticaron artritis rematuidea. no puedo trabajar q ago para pelear la pension
7 | MONICA MENDEZ | 08/08/2012 16:42:41
Buenos dias de acuerdo a dictamen Eps enfermedad comun Bursitis hombro drecho y epicondilitis enfermedad profesional, estuve trabajando 8 años como contratista se acabo el contrato marzo 2012 pero esta enfermedad segun la ARP esta en base desde el 2009 y yo hasta hora me entere debido a una carta que dio la EPS que salio hace poco haciendo este dictamen. ahora no se que hacer,
6 | Berta Chulvi | 16/03/2012 12:17:00
Carmen y Sara Lo mejor es que contactéis con el sindicato CCOO de vuestra zona y sector. Nosotros no asesoramos directamente sobre casos, todo eso lo derivamos al sindicato que es quien da la batalla en las empresas. Berta
5 | misufisu | 16/03/2012 11:30:22
Hola buenas mi nombre es Sara, mi pareja sufrió hace un año un accidente de trabajo y se le salio el hombro, en principio la empresa le dijo que no tenia mutua y que fuera a la SS pero una vez de baja por contingencias comunes resulto que si que tenian mutua y ademas fue despedido sin tener parte de accidente. La mutua se hizo cargo de su salario por contingencias comunes y aun lo hace. Lo que ocurre es que le han operado (el firmo autorizacion de cirugia abierta en el hombro y cuando desperto le habian hecho artroscopia que es una cirugia sin abrir y le habian implantado 4 arpones) Continua con la rehabilitación pero su traumatologa le ha dicho que no va a recuperar la movilidad y que quedara invalido para la profesion habitual puesto que es camarero y no mueve un brazo. Resulta que para cobrar esa invalidez por contingencias comunes tienes que llevar 1800 dias cotizados y como el gremio de hosteleria son unos piratas el no los tiene cotizados. No sabemos que tenemos que hacer puesto que sí fue accidente y si es así no necesitaria ese periodo minimo. Que podemos hacer¿? Gracias
4 | misufisu | 16/03/2012 11:30:22
Hola buenas mi nombre es Sara, mi pareja sufrió hace un año un accidente de trabajo y se le salio el hombro, en principio la empresa le dijo que no tenia mutua y que fuera a la SS pero una vez de baja por contingencias comunes resulto que si que tenian mutua y ademas fue despedido sin tener parte de accidente. La mutua se hizo cargo de su salario por contingencias comunes y aun lo hace. Lo que ocurre es que le han operado (el firmo autorizacion de cirugia abierta en el hombro y cuando desperto le habian hecho artroscopia que es una cirugia sin abrir y le habian implantado 4 arpones) Continua con la rehabilitación pero su traumatologa le ha dicho que no va a recuperar la movilidad y que quedara invalido para la profesion habitual puesto que es camarero y no mueve un brazo. Resulta que para cobrar esa invalidez por contingencias comunes tienes que llevar 1800 dias cotizados y como el gremio de hosteleria son unos piratas el no los tiene cotizados. No sabemos que tenemos que hacer puesto que sí fue accidente y si es así no necesitaria ese periodo minimo. Que podemos hacer¿? Gracias
3 | carmen | 29/02/2012 10:53:54
hola mi marido esta pendiente de que lo llamen para una operacion de atrapamiento del nervio cubital a la altura del codo (en los dos codos, empezaremos por el izq. haber que tal), en vez de ir por la mutua ha ido por la Seg social , mi marido es soldador desde hace mas de 20 años , necesita sus manos para trabajar , creemos que es una enfermadad profesional ya que compañeros mas viejos ya estan operados , la explicacion de por que fuimos por la seg social es que los que se operaron por mutua no quedaron bien, mi pregunta viene ¿como lo hacemos para el dia en que lo operen le den la baja por enfermedad profesional? aunque se opere por la seguridad social , por cierto esta en activo, no quiso cogerse la baja antes de tiempo; le rogaria me respondiera ya que lo operan en dos semanas. muchas gracias
2 | Berta Chulvi | 08/02/2012 13:59:31
Emilio, te escribo un e-mail para responder a tu pregunta
1 | emilio carron lopez | 08/02/2012 13:36:03
mi señora a tenido que darse de baja por una epicondilitis lateral pero la mutua le a dicho que no es enfermedad profesional cuando su puesto de trabajo es de limpiadora(fregona 3 horas diarias)me gustaría saber como reclamar y a donde tengo que acudir gracias