
El BOE identificará a las empresas sancionadas por riesgos laborales. El Consejo de Ministros aprueba un decreto (RD 597/2007 de 4 de mayo) que obliga, entre otras cosas, a que el BOE y sus equivalentes autonómicos, difundan el nombre y los datos de las empresas sancionadas por infracciones muy graves de la ley de Prevención de Riesgos Laborales. La ley del 95 estableció que “las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente”, una publicación que no se había producido hasta el momento.
Las empresas deberán formar a sus plantillasvcontra el acoso laboral. Así lo establece un acuerdo sobre violencia en el trabajo y acoso laboral, firmado recientemente por las patronales y los sindicatos europeos. Este acuerdo deberá ser asumido por todas las compañías que operan en el ámbito de la Unión Europea en un máximo de tres años. El pacto establece directrices a los empresarios sobre cómo actuar ante casos de violencia o acoso laboral, indicando que ante una acusación el empresario debe actuar inmediatamente, manteniendo la máxima discreción hacia la víctima. El agresor deberá ser objeto de sanción disciplinaria y, si procede, podrá ser despedido. El acuerdo también se aplicará cuando el acoso provenga de alguien ajeno a la compañía, por ejemplo, un cliente.
Empresa química condenada en Francia al detectarse casos de cancer de riñón entre sus empleados. Adisseo, numero tres mundial en la fabricación de suplementos alimentarios para animales ha sido condenada por una falta grave contra la salud de sus trabajadores. La sentencia es del pasado 20 abril de 2007 y fue dictada por el Tribunal des Affaires de Sécurité Sociale (TASS) de Moulins (Francia). El auto condena a la empresa a indemnizaciones de 50.000 a 60.000 euros a favor de cada uno de los nueve trabajadores afectados por cancer de riñón. Los demandantes trabajan o habían trabajado en el taller de producción de la vitamina A, que utiliza, desde 1982, CLORACETAL (C5), una molécula mutágena y cancerígena. Para la condena, ha sido definitivo el hecho de que la empresa conociera, desde 1990, el carácter mutagénico del cloracetal (C5).
La OIT llama la atención sobre nuevas formas de discriminación laboral. En un informe titulado “La igualdad en el trabajo: afrontar los retos que se plantean”, la organización internacional del trabajo alerta sobre nuevas formas de discriminacion de las que son víctimas los fumadores o las personas susceptibles de contraer una enfermedad genética. Se trata del segundo informe global sobre discriminación que realiza la OIT. Además de nuevos colectivos víctimas de la discriminación el informe plantea la endeblez de los mecanismos de ejecución de las leyes, la falta de recursos de las instituciones destinadas a luchar contra la discriminación, y la excesiva limitación del alcance de los planes de acción. Elinforme completo en pdf se puede descargar en: www.ilo.org/global/What_we_do/Publications/langes/ index.htm
Audífonos a cuenta de la mutua. CCOO de Euskadi está logrando que las mutuas tengan que abonar un audífono a aquellos trabajadores cuya calidad de vida se ha deteriorado como consecuencia del ruido por tener afectadas las frecuencias auditivas conversacionales. MUTUALIA, aunque sorprendida por la ofensiva, ya ha aceptado hacerse cargo con sus presupuestos –no con cargo a prestaciones especiales- de abonar dichas prótesis. Por otra parte, la Inspección de Trabajo de Euskadi está realizando un programa de visitas que incluye, además de a las de alta siniestralidad, a las empresas con sorderas profesionales reconocidas. En estas visitas los inspectores comprueban si existe un plan de prevención específico frente al ruido. En el supuesto de que no exista tal plan, se levanta un acta de infracción y se impone un recargo de prestaciones a pagar por la empresa.
Actualización de las sanciones por infracciones en materia de prevención de riesgos laborales. El importe de las sanciones que puede imponer la autoridad laboral por infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, permanecía igual desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en 1995. El RD 306/2007 (BOE 19/3/2007) actualiza dichos importes, aplicándoles el incremento del índice de precios al consumo registrados en los más de diez años transcurridos desde entonces.

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