Formas de la precariedad laboral

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Formas de la precariedad laboral

La precariedad laboral ha sido definida en función de cuatro grandes dimensiones: la inestabilidad en el empleo, la vulnerabilidad, los menores ingresos, y la menor accesibilidad de la población afectada a prestaciones y beneficios sociales. 

La precariedad puede asumir diferentes formas y puede tener también diferentes intensidades.

La subcontratación en cadena

Su esencia consiste en que una empresa, normalmente con cierto tamaño y estabilidad empresarial, se adjudica, por un precio, la ejecución de un trabajo u obra, pública o privada. Esa empresa subcontrata la totalidad o partes de esa obra con otras empresas, de menor tamaño y plantilla, por un precio inferior. Las subcontratistas, a su vez, pueden repetir la jugada y sub-subcontratar, por un precio inferior, la totalidad o parte de la obra que se les adjudicó. Y así sucesivamente, hasta las microempresas, con microplantillas, de nula solvencia, que acaban ejecutando materialmente el trabajo por una cantidad muy inferior a la que el promotor pagó por ese trabajo. A veces el trabajo se realiza en lugares de trabajo bajo responsabilidad del promotor de trabajo pero a menudo se realizan externamente.

Por el camino se pierde calidad en los materiales, calidad en el trabajo, calidad en la seguridad y calidad en el empleo. El fenómeno está tan extendido en un sector de elevada siniestralidad como el de la construcción que el parlamento ha aprobado una norma con rango de ley con el fin de proteger a los trabajadores afectados por estas cadenas mediante la regulación de la subcontratación en este sector tan afectado por la siniestalidad.

Falsos autónomos

Otra figura que se está generalizando y en cuyo auge fue también pionero el sector de la construcción. La cadena de subcontratación a la que se ha aludido antes puede acabar, en vez de en una microempresa, en unos o varios trabajadores autónomos. Por ejemplo, el constructor principal puede subcontratar los trabajos de enlucido de una pequeña reforma a la «empresa x», que tiene tres trabajadores. Sin embargo, el derecho del trabajo ya ha detectado y, en parte, contrarrestado esa trampa, responsabilizando (con mayor o menor intensidad, según los casos) al constructor principal de lo que ocurre en la «empresa x». La manera que tiene el constructor principal para realmente desentenderse de lo que ocurre en la obra es subcontratando ese trabajo a los tres trabajadores autónomos de la «empresa x». Esa relación ya está fuera del ámbito de aplicación del Derecho del Trabajo, por lo que todos los instrumentos creados por esa rama del derecho, que nació presuponiendo situaciones de desigualdad y proponiéndose reequilibrarlas en cierta medida, no se pueden aplicar. Formalmente, el trabajador autónomo no tiene ningún nivel de sometimiento al contratista principal y puede negociar libremente lo que le convenga. Se compromete a ejecutar una obra, en un plazo, por un precio. Pero mantiene la libertad teórica de decidir cómo ejecuta la obra e incluso de determinar sus propias condiciones de exposición al riesgo. En la realidad, sin embargo, nada de eso se cumple. Los falsos autónomos dependen de los encargos de su antigua empresa para subsistir. No tienen márgenes para negociar, para esperar, para elegir la mejor oferta. Aceptan las condiciones que se les ofrecen sin atreverse a discutirlas, y están en una situación incluso peor que los trabajadores por cuenta ajena, a los que el paraguas de la negociación colectiva protege de muchos abusos que en la negociación individual se le podrían imponer. No hay sometimiento expreso al poder de disposición de una persona. Pero sí sometimiento a la presión del sistema económico. El sistema de falsos autónomos está muy extendido en otros sectores como el transporte. Ver más sobre autónomos/as.

Economía sumergida

Es probablemente el caso de mayor precariedad, el que más parecidos tiene con la ley de la selva. El nivel de protección jurídica de estos contratos es inferior incluso al de los falsos autónomos, que pertenecen, cuanto menos, a la esfera de la legalidad. Las condiciones de trabajo en la economía sumergida, a domicilio o en fábricas clandestinas, no están sometidas a ningún control. Ni el salario, ni la jornada, ni las condiciones de exposición a riesgo, ni los ritmos, ni la duración de la «relación» tienen más reglas que las que la ley de la oferta y la demanda fijen. En situaciones de elevado desempleo e insuficiente protección social, la capacidad de negociación de una de las partes se reduce tanto que los empresarios pueden determinar de forma prácticamente unilateral los términos del intercambio.

La vigilancia de la salud, la formación y la información, la igualdad de género, así como la prevención de riesgos respecto al uso de materiales, sustancias y máquinas, son derechos que estos trabajadores no pueden ni tan siquiera reclamar, y cuanto menos exigir, dada su condición laboral. 

Segregación y "sin papeles"

Con carácter general, los inmigrantes cuya llegada y estancia en España se rige por la Ley de Extranjería, sufren elementos de precariedad añadidos a los que afectan a los ciudadanos españoles. Las restricciones a su libre circulación, su falta de arraigo cultural y social, el desconocimiento del idioma, el racismo y la xenofobia hacen de los inmigrantes, en muchas ocasiones, no sólo trabajadores en precario, sino incluso ciudadanos en precario. Precariedad que se refleja, muy señaladamente, en las dificultades para acceder a una vivienda digna y a los servicios sociosanitarios esenciales.

En el frente más directamente laboral, un estudio realizado en la Comunidad de Murcia, cuyos resultados son seguramente extrapolables al conjunto del territorio español, destaca las siguientes características de las condiciones laborales de los inmigrantes legales:

· Retribución entre un 10% y un 20% por debajo de lo establecido en los convenios sectoriales.
· Excesos en el horario de trabajo, no remunerados ni compensados.
· Falta de permisos en fiestas propias de sus religiones o nacionalidades.
· Impago de prestaciones correspondientes al empresario (IT del 4º al 15º día).
· Elevadísima temporalidad. No hay fijos ni fijos discontinuos.
· Contratación por ETT, empresas de servicios, furgoneteros, etc.
· Exposición a riesgos laborales graves, al desarrollar habitualmente trabajos de especial peligrosidad rechazados por los trabajadores nacionales.
· Ausencia de documentación de la relación laboral, lo cual dificulta cualquier reclamación.
· Falta de información y casi nula formación.
· Cotización irregular a la Seguridad Social (menos días que los trabajados).
· Movilidad geográfica entre distintas explotaciones agrícolas.
· Importante grado de dependencia de los trabajadores, respecto de sus empleadores, debido a los requisitos legales para renovar los permisos.

La realidad de los inmigrantes ilegales es aún peor. Temen la expulsión, no tienen derecho a la reagrupación familiar, cualquier acto o negocio de la vida social (ir al médico, alquilar una casa, abrir una cuenta bancaria) les resulta de imposible o muy complicada ejecución. Obligados a moverse en la economía sumergida, son carne de cañón de mafias, especuladores y desaprensivos, acaban compitiendo con los inmigrantes legales y con los eventuales "autóctonos", en un contexto de dumping social que sólo acaba repartiendo miseria.

Realizan las tareas más peligrosas y en las peores condiciones. No reciben ningún tipo de formación e información sobre los riesgos a los que se les somete. En muchos casos esto se ve agravado por las diferencias idiomáticas y culturales y el propio temor de los trabajadores a las visitas de los inspectores de Trabajo e incluso a los propios delegados de prevención, ya que si se les «descubre» pueden perder su única fuente de sustento.

Sectores como el de la construcción, agricultura y hostelería suman la mayor parte del trabajo inmigrante ilegal. Son sectores con altísimas cifras de siniestralidad, por lo que se conocen los intentos de ocultamiento de daños a la salud y accidentes menores de los trabajadores. En lo que se refiere a las enfermedades derivadas del trabajo, la habitual dificultad de conocerlas y prevenirlas se vuelve imposibilidad en los inmigrantes sin papeles.